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Estadísticas
de los Estados Unidos

1 de cada 4 nacimientos en los Estados Unidos es de un hogar Hispano.
(U.S. Census, 2002)


La población Hispana en Estados Unidos es más grande que la población de Canada.
(U.S. Census Bureau, 2001)



GUIA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE NEGOCIOS
EN CALIFORNIA


Introducción
1. Marco legal
2. Tipos de sociedades mercantiles y trámites para el registro de un negocio
3. Sistema fiscal
4. Sistema Migratorio
5. Procedimiento para dar de alta un negocio en California

Anexos

Anexo 1 Despachos de abogados y contadores en California

Anexo 2 Formatos que deben ser llenados para dar de alta un negocio en California

Anexo 3 Oficinas a las que debe acudir para dar de alta un negocio en California

Introducción

Esta guía ha sido elaborada debido al creciente interés de empresas mexicanas pequeñas y medianas por distribuir sus productos y/o establecer una oficina de representación de su compañía en el Estado de California.

Esta guía pretende proporcionar un panorama general del marco jurídico que norma la actividad mercantil en la entidad, así como también algunos aspectos fiscales y migratorios básicos.

El documento inicia haciendo comentarios acerca de los diferentes tipos de sociedades mercantiles que existen en Estados Unidos y las características principales de cada una de ellas, ya que una de las decisiones de mayor importancia a las que se enfrenta un nuevo negocio es la elección del tipo de sociedad que se va a registrar.

Posteriormente se ofrece un panorama general de los requisitos, régimen fiscal y aspectos de indole migratoria a los que se encuentra sujeta una empresa cuando desea emprender cualquier tipo de actividad empresarial en California.

Debe subrayarse que conforme a la legislación americana una compañía incorporada en un Estado normalmente no puede hacer negocios en otro Estado, sin antes obtener los permisos necesarios en este último.

Es importante mencionar que esta guía sólo cubre los aspectos básicos de los temas antes mencionados. Por ello le recomendamos recurrir siempre a la asesoría jurídica y contable que ofrecen diferentes despachos especializados.

Sugerencias de abogados y despachos de contabilidad se incluyen en el Anexo 1, así como los datos de las oficinas a las que debe acudirse para tramitar dar de alta un negocio en dicha entidad. Los formatos que se utilizan para el registro de un negocio en California aparecen en el Anexo 2 de esta Guía.

1. Marco legal

Estados Unidos es una República Democrática Federativa, dividida políticamente en 50 estados. Cada Estado constituye un gobierno soberano, por lo que cuenta con su propio sistema de leyes.

El sistema jurídico de Estados Unidos tiene su fundamento en la tradición y el derecho consuetudinario . La Constitución es la ley suprema de la nación y el gobierno federal goza exclusivamente de las facultades que le otorga la misma.
Facultades tales como las relacionadas con el establecimiento, reglamentación, contribución tributaria de las empresas mercantiles, las ejercen conjuntamente el gobierno federal y los gobiernos estatales. Los Gobiernos estatales pueden delegar a su vez algunos de sus poderes a los gobiernos locales, es decir, a los condados.

Al tener los estados independencia para hacer cumplir los requerimientos legales para la creación de empresas mercantiles, siempre habrá que atenerse a los líneamientos y legislación específica de cada uno de ellos.

En el caso de California, las personas y/o empresas extranjeras deberán de cumplir en primer término con las leyes migratorias, o sea que los socios o Administrador Unico de un negocio en el Estado ’Äì siempre y cuando sean mexicanos u originarios de otros países - deberán contar con la calidad migratoria apropiada para tramitar las licencias correspondientes y así poder proceder a su apertura.

En las prácticas comerciales, usualmente se aplica el Código Mercantil Uniforme (Uniform Commercial Code), el cual simplifica, clarifica y moderniza las leyes que rigen este tipo de operaciones y facilita la práctica comercial que se da por los usos y costumbres.

Por lo general una entidad comercial que opera en California no requiere de una gran cantidad de permisos y está exenta de restricciones que pueden ser comunes en otros países.

En California el gobierno no exige el registro del capital extranjero y por lo general los inversionistas pueden remitir libremente a su país de origen sus ganancias, dividendos, intereses, etc. Cabe señalar que las leyes federales requieren únicamente que el inversionista extranjero presente informes y declaraciones relacionadas con la inversión que realice ante las siguientes autoridades:


International Trade Commission

U.S. Department of Commerce/Bureau of Economic Analysis

Internal Revenue Services
Según la naturaleza y alcance de su actividad, los inversionistas extranjeros probablemente tendrán que tratar con otras dependencias federales, independientemente de sus relaciones con las diferentes áreas del gobierno de California . Entre estas se pueden encontrar:


Small Business Administration

Federal Trade Commission

Department of Justice

Food and Drug Administration

Alcohol, Tobacco and Fire Arms Bureau

Occupational, Safety and Health Administration

Environmental Protection Agency

Equal Employment Opportunity Commission

Federal Communications Commission

Interstate Commerce Commission
Es importante mencionar que en los siguientes sectores productivos, la inversión extranjera en California se encuentra restringida:

Radiocomunicaciones

En este caso la inversión extranjera no puede exceder del 20% del capital de la empresa.

Transportación aérea nacional

La inversión extranjera no pueden representar más del 25% del capital.

Transportación marítima nacional

Las embarcaciones de bandera estadounidense deben ser 100% propiedad de ciudadanos norteamericanos o de empresas nacionales.

Por último, existen también restricciones y regulaciones especiales tanto federales como estatales para la inversión extranjera en instituciones bancarias, recursos energéticos, seguridad nacional, materiales nucleares y tenencia de la tierra.

2. Tipo de sociedades mercantiles y trámites para el registro de un negocio por tipo de sociedad

Existen diferentes tipos de sociedades mercantiles en Estados Unidos, siendo algunas más usuales que otras.
Cada tipo de sociedad tiene características y atributos particulares y por lo tanto su selección dependerá de los objetivos, el grado de control deseado, el tratamiento fiscal que la empresa prefiera, la duración prevista de la inversión y/o las necesidades e intereses particulares del inversionista.

Entidades mercantiles más usuales son las siguientes:

  • Empresa con accionista y Administrador Unico (Sole or individual proprietorship)
    La Empresa con accionista y Administrador Unico es un negocio sin personalidad propia que pertenece y es operado por una sola persona física, misma que se dedica activamente a la conducción del mismo.

En este tipo de entidad mercantil, el propietario tiene varias ventajas: tiene responsabilidad ilimitada con respecto a los adeudos y obligaciones del negocio; es un negocio fácil de formar y disolver; tiene flexibilidad administrativa y el derecho a retener todas las ganancias, exceptuando los impuestos que deban de cubrirse; la retención de utilidades y la responsabilidad sobre todas las pérdidas motivan una eficiencia máxima en las operaciones.

Como contrapartida tiene la desventaja de que los recursos financieros se limitan al capital que posea el propietario o al que pueda obtener como crédito por parte de la banca en base a su historia financiera.

Para el establecimiento de un negocio bajo la forma de empresa con accionista y Administrador Unico, se requiere de muy pocas formalidades y regularmente los trámites a realizar son los siguientes:


Registro del nombre del negocio ante las autoridades del condado

Obtención de permisos locales

Cumplir con las disposiciones fiscales federales y estatales

Empresa con varios socios (sociedades mercantiles)
La legislación conocida en Estados Unidos como Uniform Partnership Act es la que regula a este tipo de negocios, a los que define como la asociación de dos o más personas que operan una empresa como co-propietarios por acuerdo legal voluntario.

La sociedad mercantil o sociedad anónima es la entidad jurídica más utilizada por la compañías extranjeras al dar de alta un negocio en ese país. La autoridad suprema de la sociedad reside básicamente en los accionistas, quienes la ejercen por medio de un Consejo de Administración.

También ofrecen la ventaja de que son negocios fáciles de formar; la capacidad financiera se expande en la medida en que cada socio invierte dinero; y la posibilidad de conseguir préstamos aumenta por la suma de sujetos de crédito.

Por el otro lado, como en el caso de los propietarios únicos, la mayoría de estas entidades tienen la desventaja de que se tiene una responsabilidad financiera ilimitada. Cada socio tiene pleno compromiso de las deudas de la compañía y asume legalmente las obligaciones que adquieran los demás. Asimismo, la disolución del negocio es más complicada que cuando hay un solo propietario.

Por otro lado debe mencionarse que la propiedad de las acciones es transferible y que la continuidad jurídica de las operaciones se asegura independientemente de la muerte de cualquier accionista o del cambio en la administración o propiedad de la sociedad.

En California la Secretaría de Estado autoriza el nombre de la compañía y su escritura constitutiva, misma que establece las normas y reglamentos que regirán a la empresa.

Los requisitos más comunes para la constitución de este tipo de sociedades son los siguientes:


Elaboración y firma del acta constitutiva de la empresa

Presentación del acta constitutiva ante la Secretaría de Estado para su revisión jurídica y registro

Presentación de la declaración para el registro de un nombre comercial ficticio en caso de que la empresa

tenga la intención de llevar a cabo negociaciones bajo un nombre diferente declarado en su acta constitutiva

Obtención de licencias locales

Cumplir con las disposiciones federales y estatales en materia comercial e impositiva

  • Corporaciones (Corporations)
    Una corporación es una asociación legal con activos y responsabilidades independientes a las de su propietario (s).
    Se conocen como C corporations para distinguirlas de los demás tipos de entidades. Aún y cuando un negocio pequeño puede adoptar este tipo de sociedad, éste generalmente se aplica a empresas muy grandes como Ford, General Motors, Microsoft, etc.

Una corporación presenta varias ventajas: los accionistas tienen un riesgo financiero limitado, debido a que esta entidad tiene el status de una sociedad legal separada o independiente; si la compañía quiebra, aquellos únicamente pierden las inversiones que hicieron en acciones de la compañía; tienen una capacidad financiera muy grande; los empleados pueden especializarse en tareas donde sean más eficientes; pueden hacer transferencias de recursos de una parte de la corporación a otra, etc.

Su desventaja más importante es el potencial de un doble gravámen de sus ganancias. Después de pagar impuestos federales, estatales y locales, sus accionistas (propietarios) también deben cubrir sus impuestos personales derivados de los dividendos provistos por las acciones adquiridas. Adicionalmente, el número de leyes y regulaciones que las afectan han aumentado dramáticamente en los últimos años.

  • Sociedades limitadas (Limited partnership)
    Requieren de dos tipos de socios: generales y limitados. Los socios generales tienen los mismos derechos, poderes y responsabilidades que en el equivalente de una sociedad anónima. A los socios limitados se les denomina así porque su responsabilidad se limita a su inversión en el negocio. Estos no administran la entidad. Los fondos de inversión son un buen ejemplo de este tipo de sociedad.
  • Compañías de responsabilidad limitada (Limited Liability Company)
    Son muy similares a las sociedades limitadas: sin embargo, no es necesario tener un socio general con responsabilidad personal. Deben tener dos o más miembros, quienes firman un acuerdo en el que se establecen las condiciones de la administración de la empresa y los derechos de los mismos. Esta clase de entidades es muy usual por ejemplo entre negocios de servicios personales o compañías de bienes raíces.

Las sociedades de responsabilidad limitada se establecen mediante la presentación de un acta constitutiva ante las autoridades estatales.

Debemos señalar que la sociedad de responsabilidad limitada deberá disolverse al momento de la muerte, renuncia, expulsión, quiebra o disolución de un socio, a menos de que los socios restantes convengan seguir con el negocio.

Los requisitos básicos para dar de alta una empresa bajo este tipo de sociedad son:


Presentar el Acta de Organización ante la Secretaría de Estado

Realizar el convenio de asociación

Obtener todo los registros correspondientes para el establecimiento de un negocio

Cumplir con todas las disposiciones fiscales federales y estatales Para finalizar, es importante mencionar que siempre que se desee emprender un negocio o inversión en Estados Unidos, es recomendable recurrir a los servicios de un asesor jurídico, el cual le brindará la información y asesoría adecuadas para todo lo relativo a dar un negocio de alta en cualquier parte del país.
3. Sistema fiscal

En la Unión Americana cada uno de los gobiernos estatales tiene la facultad de decretar sus propios ordenamientos fiscales, con sujeción a las limitantes establecidas por la Constitución del país, las leyes federales y cualquier constitución o ley estatal aplicable.

Por otra parte, es importante mencionar que toda empresa deberá contar con un registro sobre sus ganancias y realizar el pago de un impuesto estatal (State Income Tax).

En el Estado de California todo negocio debe presentar una vez al año una declaración de impuestos al gobierno estatal a través del Franchise Tax Board.

Enseguida encontrará información general en materia fiscal, recomendándose siempre recurrir a la asesoría de expertos en esta materia.

Elección del método contable

Una persona puede elegir cualquier método de contabilidad para declarar gastos y ganancias al Estado de California, así como también los impuestos federales, siempre y cuando las ganancias reflejadas sean aceptadas por el IRS (Internal Revenue Service).

Elección del año fiscal

Para realizar el pago de sus impuestos, las compañías pueden elegir entre el uso del año calendario o el de un año fiscal. Sea cual fuere el caso, la contabilidad interna debe ajustarse al período seleccionado. El contribuyente puede hacer uso de un ejercicio fiscal que varía de 52 a 53 semanas si el lapso siempre termina en un mismo día de la semana (lunes, martes, etc.).

Impuesto a la nómina

Existen dos tipos de impuestos a la nómina: aquellos que son pagados por el empleado y los que son declarados por el empleador. El empleado deberá realizar el pago del impuesto del seguro social, así como declarar el pago de impuestos personales (estatales y federales).

Impuesto sobre las ventas y el uso de bienes

Los impuestos sobre las ventas o los ingresos y los impuestos sobre el uso de bienes constituyen la fuente de recaudación más importante en Estados Unidos.

Hablando específicamente del Estado de California, cuando una empresa se dedica a la venta de cualquier producto o servicio, está sujeta al impuesto sobre las ventas y deberá solicitar a la Junta de Revisión de Avalúos un permiso para esta actividad. Para requerir dicha autorización, se debe llenar la solicitud denominada Permiso de Ventas y Registro de Vendedor al Menudeo (Application for a Seller’s Permit and Registration as a Retailer). Este permiso es gratuito.

Por otro lado, cuando una empresa haga uso de una propiedad personal tangible en California, la cual haya sido adquirida sin pagar impuestos, ésta deberá cubrir un impuesto de uso. Lo mismo sucederá con inventarios comprados sin impuestos y después utilizados en el negocio o para uso personal. Para hacer la declaración de este mpuesto, la compañía puede hacerlo en la misma forma que el impuesto de ventas. Para determinar si una compañía necesita el permiso de impuesto de uso, deberá ponerse en contacto con una de las Oficinas de la Junta de Revisión de Avalúos .

Impuesto sobre el consumo

Además de los impuestos anteriores, la Junta de Revisión de Avalúos aplica un impuesto sobre consumo a la manufactura, distribución o uso de varios productos y servicios que incluyen combustibles para vehículos de motor, bebidas alcohólicas, cigarrillos y tabaco, primas de seguro, uso de teléfono y energía. Cuando su negocio esté relacionado con algunos de los productos y servicios antes mencionados, se le requerirá registrarse y reportar estos gravámenes.

Para determinar si una compañía necesita un permiso fiscal sobre el consumo de productos y servicios es conveniente ponerse en contacto con la Junta de Revisión de Avalúos.

Cuotas ambientales y de sustancias peligrosas

La Junta de Revisión de Avalúos aplica varios impuestos a programas ambientales y contra el uso de sustancias peligrosas, que incluyen: contaminación con plomo a la niñez, reciclaje de aceite, reciclaje de llantas, contaminación con plomo en zonas de trabajo, almacenaje subterráneo de tanques, de sustancias peligrosas de desperdicio y en general daños al medio ambiente.

La sociedad deberá registrarse específicamente dentro de los programas contra el daño al medio ambiente si:

1) Usa, produce o almacena sustancias que son reguladas
2) Sus actividades se encuentran reguladas por el Departamento de Control de Sustancias Tóxicas
3) Emplea por lo menos 50 trabajadores

4. Aspectos migratorios

Las leyes migratorias en Estados Unidos clasifican a todos los extranjeros que desean ingresar a este país en dos categorías: los inmigrantes y los no inmigrantes. Los inmigrantes son los extranjeros que ingresan al país con la intención de residir en él de forma permanente, mientras que los no-inmigrantes son extranjeros que desean ingresar de forma temporal, para dedicarse a una actividad permitida conforme a las leyes migratorias norteamericanas.

El Servicio de Inmigración y Naturalización (Inmigration and Naturalization Service, INS) y las embajadas y consulados de Estados Unidos en el extranjero son las entidades gubernamentales encargadas de tramitar las diferentes solicitudes para la obtención de visas.

Cuando el inversionista extranjero o empleado preparan su viaje a California debe solicitar su visa en la representación diplomática más cercana a su lugar de residencia. El representante consular asesorará y entregará las formas necesarias para el trámite de la visa, según las necesidades y/o intereses particulares de aquellos.

Las categorías de visas más importantes en lo relacionado a la presente guía son las siguientes: las visas B-1 para gente de negocios; visas E para negociantes e inversionistas de países que han firmado tratados de comercio con Estados Unidos; y visas L-1 para empleados de compañías extranjeras transferidos internamente.


Visas B-1 para hombres/mujeres de negocios
Esta visa permite a un extranjero en viaje de negocios ingresar a Estados Unidos por un período inicial máximo de seis meses, período que puede prorrogarse en caso de ser necesario. Las personas que ocupan este tipo de visa regularmente visitan la Unión Americana por poco tiempo para hacerse cargo de negocios temporales.

Con este documento el solicitante extranjero no puede dedicarse a ejercer un trabajo remunerado en Estados Unidos y debe comprobar que los servicios que presta en este país son primordialmente en beneficio de la empresa extranjera


Visas E para comerciantes e inversionistas de países con Tratado
Esta visa se otorga a ciudadanos de los países que tienen firmado Tratados de Amistad, Comercio y Navegación con Estados Unidos. Generalmente son válidas por un período de dos a cinco años, con opción de renovarse.

Existen dos tipos de visa E: la E-1 y E-2.

Visa E-1: puede expedirse a un individuo mexicano o empleado de una empresa mexicana que tenga la nacionalidad del país parte del Tratado (en este caso mexicana), para llevar a cabo actividades comerciales relevantes entre Estados Unidos y México.

Visa E-2: se otorga a ciudadanos extranjeros que viajan a Estados Unidos con el fin de invertir, y sólo para establecer y dirigir una empresa mercantil. Esta tipo de visa también se le puede otorgar a algunos empleados del inversionista extranjero.


Visas L-1 para el personal de Compañías extranjeras transferido internamente
Este tipo de visa se le otorga a un empleado de una compañía transnacional cuando ha sido transferido a una oficina de la misma empresa en Estados Unidos. El empleado debe haber laborado en dicha compañía por lo menos uno de lo tres años anteriores a la presentación de la solicitud de ingreso a la Unión Americana, en un puesto de dirección o administrativo, o en algún puesto que requiera tener un conocimiento especializado.

La visa L es válida por un período inicial de tres años con extensiones de hasta cinco años para aquellas personas que tengan conocimientos especializados y hasta siete para directivos y administradores.

Requisitos para la obtención de visas
Los requisitos para la obtención de este tipo de visas son los siguientes:


Presentar copia de la petición I-129 y original de la aprobación I-797

Presentar recibo del banco indicando el pago de la cuota en pesos del equivalente a $45 dólares por solicitud.

Puede haber cuotas adicionales para las personas que obtienen visas de trabajo

Presentación del pasaporte con vigencia mínima de sesenta días posteriores a la fecha de solicitud de visa

Presentar el formato de visa contestado

1 fotografía tamaño pasaporte
5. Procedimiento para dar de alta una empresa en California

 

Son diversos los permisos que se deben obtener al establecer un negocio en California, dependiendo siempre del tipo de negocio de que se trate.

Enseguida se describen brevemente el procedimiento y requisitos más comunes para ello.

Derecho de uso de suelo ( Zoning approval)

En todo caso se deberá contactar al Departamento de Planificación de la ciudad elegida para obtener lo que se denomina el Zoning Approval, equivalente al derecho de uso del suelo en México. Para ello tendrá que verificar la dirección exacta en la que desea establecer su negocio, debido a que algunas zonas se encuentran restringidas para la realización de actividades comerciales.

Registro ante la Secretaría de Estado

Cuando una corporación está organizada bajo las leyes y regulaciones de otro Estado o país, debe registrarse ante la Secretaría de Estado y cumplir con los requisitos necesarios para desarrollar negocios en California.

El solicitante debe presentar la forma denominada Declaración y designación por Corporación Extranjera, la cual permite identificar tanto a la persona que representará a la sociedad mercantil en California, como la ubicación de la oficina principal en el Estado.

Por otra parte, al presentarse ante la Secretaría de Estado el solicitante también debe entregar un Certificado de Buena Reputación, el cual se obtiene en el país de origen donde el acta constitutiva de la empresa fue dada de alta.

Al término de estos trámites, la Secretaría de Estado expedirá y entregará a la corporación extranjera un Certificado de Aprobación por haber cumplido con los requisitos necesarios. Este trámite regularmente dura de dos a tres a semanas.

Registro del nombre ficticio del negocio

Al dar de alta un negocio, se debe verificar con la Secretaría de Estado el nombre propuesto y, en el caso de que la empresa opere bajo una razón social que no sea su nombre legal, se tendrá que llenar un registro de nombre ficticio (Fictitious Business Name Statement) en la oficina del Condado correspondiente.

Al acudir a las Oficinas del Condado, es recomendable revisar el directorio de nombres ficticios, asegurando así que nadie más está utilizando el nombre que se quiera seleccionar para el negocio. Después de que complete su registro el gobierno del Condado le enviará una copia certificada del mismo. Es importante mencionar que el banco que se elija para el manejo de las transacciones financieras de la empresa, regularmente pedirá una copia de este certificado para la apertura de su cuenta.

Por último, durante los 30 días siguientes al registro del Nombre ficticio’s, éste se tendrá que publicar en un periódico de los de mayor circulación en el Condado por lo menos una vez a la semana durante cuatro semanas consecutivas.

Enseguida encontrará los datos de algunos diarios locales:

Los Angeles Times/ Westside (310) 450-6666
LA Weekly (213) 465-9909
Daily Breeze (310) 540-5511
Palisdian Post (310) 454-1321
Metropolitan News (213) 628-4384

City Business License

Una empresa deberá obtener también la licencia de negocios de la ciudad en la cual se ubique (City Business License).
Esta Licencia debe ser renovada anualmente y para obtenerla es necesario presentar ante el gobierno de la ciudad una póliza de seguros que cubra el negocio o bien una fianza o aval.

Es importante mencionar que las licencias de negocios de las ciudades varían considerablemente en lo que a requisitos para obtenerlas se refiere, así como también en el costo de las mismas. Esto depende de la ciudad y del tipo de negocio que se establezca.

County Business License

Existe también otro documento denominado licencia de negocios del condado (County Business License), el cual se debe obtener en caso de que el negocio se establezca en una localidad no incorporada como ciudad.

Número de identificación de empleador federal

La empresa debe obtener su número de identificación federal (Federal Employer Identification Number) llenando la forma SS-4, misma que deberá ser presentada ante el ’ÄúInternal Revenue Service’Äù. En dicha Agencia se podrá obtener un folleto denominado Tax Guide for Small Business, el cual le dará la información necesaria sobre impuestos a corporaciones, socios y propietarios únicos, así como aquellos que deban aplicar a empleados y patrones.

Conviene subrayar que al momento de cumplir con los requisitos arriba mencionados, las sociedades extranjeras deben pagar una cuota de registro de $100 dls. y un pago mínimo de $800 dls. por impuesto de franquicia. Los dos pagos se realizan a nombre de la Secretaría de Estado.

Además, los negocios deben registrar una declaración de impuestos y pagar gravémenes de franquicia de ingresos derivados de transacciones hechas en California.

Seguros laborales

Si se cuenta con empleados en la empresa, por ley se requiere cubrirlos con un seguro con cobertura por accidentes laborales. Este seguro no cubre al propietario del negocio.

ANEXO 1

DESPACHOS DE ABOGADOS Y DE CONTABILIDAD EN CALIFORNIA

ANEXO 2

FORMATOS REQUERIDOS PARA DAR DE ALTA UNA EMPRESA EN CALIFORNIA

1. Statement by Foreign Corporation
2. Ficticious Business Name Statement
3. Requirements for Qualification of Foreign Corporations
4. Application for Seller’Äôs Permit and Registration as a Retailer
5. Application for Employer Identification Number
6. Registration Form for Commercial Employers
8. Registration of Trademark and Service Mark

ANEXO 3

OFICINAS A LAS QUE SE DEBE ACUDIR PARA DAR DE ALTA UNA EMPRESA EN CALIFORNIA

CALIFORNIA SECRETARY OF STATE

OFICINAS

LOS ANGELES
300 S. Spring Street, Ste. 12513
Los Angeles,CA 90013-1233
Tel: (213) 897-3062

FRESNO
2497 West Shaw, Ste. 101
Fresno,CA 93711
Tel: (559) 243-2100

SAN DIEGO
1350 Front Street, Ste. 2060
San Diego,CA 92101-3690
Tel: (619) 525-4113

SAN FRANCISCO
Civic Center Complex
455 Golden Gate, Ste. 7300
San Francisco,CA 94102-3660

www.ss.ca.gov

OFICINAS PRINCIPALES / CONDADOS EN CALIFORNIA

Condado de Los Angeles
Tel: (562) 462-2177
(800) 201-8999
San Francisco
Tel: (415) 554-6484
(415) 554-6141

Condado de San Bernardino
Tel: (909) 387-8314

Condado de Orange
Tel: (714) 834-3005

INTERNAL REVENUE SERVICE (IRS)

Tel: 1 (800) 829-1040
www.irs.gov

CALIFORNIA EMPLOYMENT DEVELOPMENT DEPARTMENT

FRESNO
1050 Street
Fresno,CA 93721-2210
Tel: (559) 445-5132
Fax: (559) 445-5151

LOS ANGELES
4021 Rosewood Ave. Ste. 301
Los Angeles,Ca 90004-2932
Tel: (323) 669-7670
Fax: (323) 661-5073

ORANGE
1855 w. Katella Ave. Ste. 100
Orange,CA 92667-3440
Tel: (714) 288-2601
Fax: (714) 288-2634

SAN DIEGO
3110 Camino Del Rio South, Ste. 100
San Diego,CA 92108-3830
Tel: (619) 516-1920
Fax: (619) 516-1930

SAN FRANCISCO
1825 Sacramento Street, Ste. 401
San Francisco,CA 94109
Tel: (415) 929-5700
Fax: (415) 929-5746

www.edd.cahwnet.gov

 

EMPLOYMENT TAX COSTUMER SERVICE OFFICE

OFICINA CENTRAL

3321 Power Inn Road, Ste. 220
Sacramento,CA 95826
Tel: (916) 464-3502
Fax: (916) 464-3504

CALIFORNIA STATE BOARD OF EQUALIZATION
www.boe.ca.gov
Tel: 1-800-400-7115

 

BIBLIOGRAFIA

Carlsmith Ball Wichman Case & Ichiki
E.E.U.U. Guía Empresarial (Compilación)
Grupo Noriega Editores.
México, D.F. 1997

The California Trade and Commerce Agency
Estableciendo una Oficina de Representación en California
Agosto, 1994

The California Trade and Commerce Agency
Establishing a Representantive Office in California
September,1997

United States- Mexico Chamber of Commerce
Membership Directory & Resource Guide 2000

State Board of Equalization
Your California Seller’Äôs Permit
January, 1998

Carlsmith Ball Wichman Case & Ichiki
U.S. Legal Issues Affecting the Operations of Mexican Companies
September, 1998

U.S. Chamber Of Commerce
Starting a New Business in California
1999

Baker & McKenzie
Doing Business in California
1999

California Employmet Development Department
www.edd.cahwnet.gov

Internal Revenue Service
www.irs.gov

California Secretary of State
www.ss.ca.gov

Embajada de Estados Unidos en México
www.usembassy-mexico.gov
(incluye directorio de consulados en México)
Bonne & Kurtz
Contemporary Business
Editorial Dryden .9th. Edición
Estados Unidos

Información Cortesía de: Regional Hispanic Chamber of Commerce

 

Frase
de la Semana

 " He descubierto que mientras más duro trabajo, parece que tengo mucha más suerte".

- Thomas Jefferson

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